El campo de discusión del trimestre estuvo dominado por actores no legislativos. El hecho más significativo conectado al debate de políticas fue el pronunciamiento de la Defensoría del Pueblo del 17 de mayo de 2026 (Día Internacional contra la LGBTIfobia), que reportó 72 denuncias por vulneración de derechos de personas LGBTI+ en 2025, citó dos muertes con características de crimen de odio ocurridas en abril de 2026 y subrayó que las parejas del mismo sexo aún no acceden al matrimonio civil en igualdad de condiciones. En paralelo, organizaciones LGBTIQ+ desarrollaron actividad formativa y de visibilidad, sin que se documentara una interpelación nominal y fechada a la nueva Asamblea.
El telón de fondo normativo es una deuda legislativa pendiente: la Sentencia Constitucional Plurinacional 0577/2022-S2 exhortó a la ALP a adecuar la normativa interna a los estándares internacionales en materia de uniones de parejas del mismo sexo. A más de tres años, ese mandato sigue sin traducirse en ley, y el reconocimiento de las uniones del mismo sexo opera por vía jurisprudencial y administrativa, no legislativa.
- Inactividad legislativa. No se identificó ningún proyecto de ley LGBTIQ+ —a favor ni en contra— tramitado o presentado en la ALP durante el período.
- Deuda con el Tribunal Constitucional. El exhorto de la SCP 0577/2022-S2 a legislar sobre uniones del mismo sexo continúa sin cumplirse, sin movimiento parlamentario en el trimestre.
- Defensoría como voz institucional. El 17 de mayo de 2026 reportó 72 denuncias (2025) y reiteró la desigualdad ante la ley en el acceso al matrimonio civil.
- Violencia documentada. Dos muertes con características de crimen de odio en abril de 2026 (Tarija y Santa Cruz) marcaron el período.
- Nuevo mapa de actores. Asamblea 2025-2030 con mayoría del PDC sin dos tercios y un bloque legislativo confesional emergente, sin iniciativas formalizadas en la materia durante el período.
Diagnóstico de la discusión
El trimestre analizado coincide con el primer tramo de un cambio de ciclo político en Bolivia. Tras cerca de dos décadas de hegemonía del Movimiento al Socialismo (MAS), Rodrigo Paz asumió la presidencia en noviembre de 2025 y se instaló una nueva Asamblea Legislativa Plurinacional para la gestión 2025-2030, con una composición que la prensa describió como la más fragmentada en veinte años. El Partido Demócrata Cristiano (PDC) se consolidó como primera fuerza en ambas cámaras, pero sin los dos tercios necesarios para reformas de mayor calado, lo que obliga a acuerdos con las demás bancadas (principalmente Alianza Libre y Unidad).
Revisión de fuentes abiertas: prensa boliviana y sitios oficiales de la Cámara de Diputados y el Senado, junio de 2026.
En la Cámara de Diputados, la Comisión de Derechos Humanos y su Comité de Derechos de Género son los órganos naturales para tramitar materias de diversidad sexual y de género. La agenda inicial del Comité de Derechos de Género, presidido por la diputada Aurora Patiño (Alianza Libre), se enfocó en asistencia familiar, violencia sexual y conmemoraciones, sin incorporar de manera explícita temas LGBTIQ+. De forma simultánea, a fines de 2025 se hizo visible un conjunto de legisladores evangélicos y cristianos que articulan con la Asociación Nacional de Evangélicos de Bolivia (ANDEB) una agenda de “vida y familia”; ese bloque es el principal actor de potencial oposición a derechos LGBTIQ+, aunque no se documentó que presentara iniciativas legislativas sobre la materia durante el período.
| Bancada | Posición relativa | Diputados | Senadores |
|---|---|---|---|
| PDC (Partido Demócrata Cristiano) | Primera fuerza, sin dos tercios | 47 | 16 |
| Alianza Libre | Segunda fuerza | 37 | 12 |
| Unidad | Tercera fuerza | 26 | 7 |
| Alianza Popular | Fuerza menor | 7 | — |
| APB Súmate | Fuerza menor | 5 | 1 |
| MAS-IPSP | Representación reducida | 1 | — |
Composición referida por Red Uno (gestión 2025-2030). La Cámara de Diputados tiene 130 escaños y el Senado 36; los totales incluyen circunscripciones especiales indígena originario campesinas no desagregadas en todas las fuentes. Cifras presentadas como referencia verificable, no como recuento oficial definitivo.
Marco normativo y de derechos aplicable
El estado normativo boliviano combina avances por vía constitucional y jurisprudencial con una persistente ausencia de desarrollo legislativo. El piso internacional aplicable incluye la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (identidad de género y derechos de parejas del mismo sexo), de seguimiento obligado para los Estados parte de la Convención Americana.
| Dimensión | Estado | Base legal o vacío | Año |
|---|---|---|---|
| No discriminación por orientación sexual e identidad de género | VIGENTE | Constitución Política del Estado, art. 14; Ley 045 contra el Racismo y toda forma de Discriminación | 2009 / 2010 |
| Identidad de género (cambio registral) | VIGENTE CON LÍMITES | Ley 807 de Identidad de Género; restringida por la SCP 0076/2017 (no altera matrimonio ni filiación) | 2016 / 2017 |
| Unión libre de parejas del mismo sexo | RECONOCIDA (VÍA NO LEGISLATIVA) | SCP 0577/2022-S2 y reglamentación del registro civil (SERECÍ/TSE); registrable como unión libre | 2022 / 2023 |
| Matrimonio igualitario | SIN MARCO | Sin ley; la Constitución (art. 63) define el matrimonio entre una mujer y un hombre | — |
| Adopción y filiación de parejas del mismo sexo | SIN MARCO | Sin regulación; limitada por la SCP 0076/2017 | — |
| “Terapias” de conversión | SIN PROHIBICIÓN ESPECÍFICA | No existe norma que las prohíba expresamente | — |
| Crímenes de odio (agravante específico) | LIMITADO | Sin tipo penal autónomo; los casos se tramitan por la vía del asesinato y agravantes generales | — |
| Adecuación normativa exhortada por el TCP | PENDIENTE | Mandato de la SCP 0577/2022-S2 a la ALP; sin cumplimiento legislativo | 2022– |
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